LOS DERECHOS COLECTIVOS AMBIENTALES

LOS DERECHOS COLECTIVOS AMBIENTALES

En la jornada previa al día del ambiente la Corte Suprema de Justicia declara la constitucionalidad de la ley de glaciares y rechaza una demanda iniciada por la empresa Barrick Gold. Gran mensaje de la Corte, tan necesario en estos tiempos. Reafirmar la validez de una ley popular, que protege el agua, que prioriza la naturaleza por sobre la minería, diciéndole no (al menos por ahora) a una empresa transnacional es sin dudas una decisión esperanzadora. A lo largo del fallo, la Corte va diciendo lo que todos venimos sosteniendo desde hace años en las calles, al pié de las montañas, remando los ríos pero esta vez lo dice un Poder del Estado. Y con ello viene a fortalecer una ley que había nacido al calor de las comunidades: LA LEY DE GLACIARES Y era hora que pudiéramos leer en una sentencia que “la tutela del agua implica modificar una visión de dominio y utilidad privada”, que “el paradigma de regulación del agua es eco-céntrico, sistémico y por ende debe tener en cuenta los intereses del sistema”; que “los derechos colectivos ambientales deben ser tomados en serio”… es realmente muy alentador. Porque son nuestras, simplemente nos hacemos eco de las palabras del fallo: “En esta estructura federal que se ha dado nuestro país, la Nación y las provincias deben conjugar sus intereses, adaptar la gestión de los recursos naturales a las directivas ambientales para cumplir con la Constitución Nacional.” “Cuando existen derechos de incidencia colectiva atinentes a la protección del ambiente, la posibilidad de estar afectando el acceso de grandes grupos de población al recurso estratégico agua, las controversias no pueden ser atendidas como mera colisión de derechos subjetivos sino que debe ser abordada de manera sistémica, integrando la protección de los ecosistemas y la biodiversidad.” Festejamos esta decisión de la Corte que viene a decirnos: pensamos como ustedes. Foto: culmina Bicicleteada desde Jachal La Ley de Glaciares No se toca (27-2-18)